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Viajo frecuentemente:
Si se realizan viajes con frecuencia se precisa:
1.        Tener una cobertura de asistencia para el vehículo y otra para tí y tus acompañantes. Ambas acostumbran a incluirse en los seguros de automóviles y, aunque no te desplaces por ese medio, también incluye la asistencia fuera del domicilio habitual.
2.        En el caso que la cobertura de asistencia en viaje te parezca insuficiente, puedes contratar una póliza específica de asistencia en viaje, con capitales y coberturas más amplias de las que se incluyen en los seguros de automóviles. Estas pólizas se contratan por un periodo determinado: 15 días, un mes, tres meses, etc.
Estos seguros de asistencia en viaje cubren los gastos sanitarios fuera del país de origen, no obstante, si ya dispones de un seguro de Asistencia Sanitaria, también puedes hacer uso del mismo fuera del país. Bastará con llamar al teléfono de asistencia internacional que figura en la tarjeta de asegurado. No obstante, si el desplazamiento es por varios meses (estudios, trabajo,…) debes comunicarlo a la aseguradora para que tenga conocimiento del mismo.

 

Soy cazador/pescador:
Existe la obligación de estar asegurado de daños ocasionados a terceros por responsabilidad civil. A esos seguros obligatorios pueden añadirse otras coberturas complementarias tales como la ampliación de la responsabilidad civil y, en el caso del seguro obligatorio de caza, un seguro de accidentes. para el asegurado en el que se cubre un pequeño capital en caso de fallecimiento o de invalidez

 

Salgo con la bicicleta:
En la actualidad, la ley no establece la obligatoriedad de asegurar la responsabilidad civil por los daños ocasionados a terceros. No obstante, en la mayoría de los seguros de hogar se da cobertura para esta eventualidad, pues se incluye la responsabilidad civil por daños a terceros, como aficionado en la práctica de algún deporte. Si estás federado, seguramente ya dispones a través de la propia federación a la que perteneces algún tipo de seguro de responsabilidad civil. Por el contrario, no existe ningún tipo de seguro que cubra a la bicicleta a consecuencia de una colisión, una caída o un robo, salvo que esta sea transportada dentro de una caravana y haya sido declarada en el seguro de la misma, o los daños que se le causen dentro de la vivienda o trastero declarado que están cubiertos por la póliza de hogar: incendio, explosión, daños por agua, robo, etc.

 

Practico deportes de aventura:
En toda práctica deportiva conviene tener en cuenta dos cosas: los daños que podemos ocasionar a los demás y los daños que podemos ocasionarnos a nosotros mismos. En la mayoría de los seguros de hogar se da cobertura para aquella eventualidad, pues se incluye la responsabilidad civil por daños a terceros, como aficionado por la práctica de algún deporte. Si estás federado, seguramente ya dispones a través de la propia federación a la que perteneces algún tipo de seguro de responsabilidad civil. Los daños personales que puedas sufrir puedes cubrirlos a través de un seguro de vida, un seguro de accidentes que cubra un capital para caso de muerte, uno para caso de invalidez y otro para atención médica, quirúrgica o farmacéutica. También puede interesarte garantizar una baja o subsidio diario. Estas coberturas no sólo incluyen la práctica como aficionado a algún deporte sino que cubren los daños durante la vida laboral y extra-laboral.

 

Practico otro tipo de deportes:
Golf, ski, snowboard, windsurf, piragüismo etc. En este tipo de deportes, conviene que tengas en cuenta tres cosas: los daños que puedo ocasionar a los demás, los daños que puedo ocasionarme a mi mismo y los daños que se ocasionen al equipo: palos, skies, tablas, etc. En la mayoría de los seguros de hogar se da cobertura para aquella eventualidad, pues se incluye la responsabilidad civil por daños a terceros, como aficionado a la práctica de algún deporte. Si estás federado, seguramente ya dispones a través de la propia federación a la que perteneces de algún tipo de seguro de responsabilidad civil. Los daños personales sufridos por uno mismo pueden cubrirse a través de un seguro de vida, un seguro de accidentes que cubra un capital para caso de muerte, uno para caso de invalidez y otro para atención médico-quirúrgica o farmacéutica. También puede interesarle garantizar una baja o subsidio diario. Estas coberturas no sólo incluyen la práctica como aficionado a algún deporte sino que cubren los daños durante la vida laboral y extra-laboral. En cuanto al equipo de deporte: tablas, palos, etc., estos están asegurados dentro del domicilio por los mismos daños que pueden sufrir el resto del mobiliario incluido en el multirriesgo de hogar. Es decir: incendio, explosión, daños por agua, robo, etc.

 

Me he comprado/tengo un barco:
Si tengo en propiedad un barco, necesito asegurar la Responsabilidad Civil. por los daños que pueda ocasionar este a terceros. También puedo asegurar los daños a las personas que lo ocupen y al propio barco a través del llamado seguro de cascos. Igual que en el seguro de automóviles, deberás declarar los accesorios incorporados a la embarcación. En el caso de que participes en regatas, no debes olvidar declararlo a la aseguradora para tener cobertura durante la realización de las mismas

 

Me he comprado/tengo una caravana:
En el seguro de circulación, si la caravana/remolque tienen u peso superior a 750 kilos no se incluyen los daños ocasionados a terceros ni los daños ocasionados por los objetos en ella transportados, por lo que deberás hacer un seguro específico para la caravana que, al igual que en los automóviles, puede ser sólo a terceros o también a todo riesgo. Ten en cuenta que cuando la caravana está en reposo, también puede sufrir y ocasionar daños, por lo que deberás que preveerlo a la hora de asegurarla y declarar el contenido de la misma.

 

Me he comprado una mascota:
En este caso, has de conocer dos cosas:
1.        Que la responsabilidad civil derivada de los daños que ocasione a terceros su perro/mascota se garantizan dentro del seguro multirriesgo de hogar, pero siempre que se trate de un animal doméstico.Tigres, pantera, iguanas, boas y otros animales no domésticos no están cubiertos. Del mismo modo, salvo declaración expresa y pagando la sobreprima que corresponda, no estarán cubiertos los daños ocasionados por perros declarados como raza peligrosa.
2.        Algunos de estos animales pueden asegurase de accidentes o enfermedad mediante un seguro para animales: fallecimiento, sacrificio necesario, intervención quirúrgica y asistencia veterinaria, en especial perros y caballos.

 

JOSEP Mª PARIS ROVIRA (Mediador d'Assegurances)  | jparisr@gmail.com